miércoles, agosto 06, 2008
Párrafo noveno del artículo 4º constitucional
“Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural. El Estado tutelará estos derechos.”
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Ah chingá, chingá!
ResponderBorrarY de la constitución de qué país tomaste prestado ese artículo tan coherente y sobrio?
Seguro que nó de la de México.
Aquí la 'cvltvra' brilla por su ausencia... o sería mejor escribir: la ausencia de cultura es tan ensombrecedora que pareciera causar ceguera.
Pues es la propuesta de reforma constitucional en México, aprobada por la Cámara de diputados el pasado 6 de agosto. Aunque usted no lo crea.
ResponderBorrar:-s
ResponderBorrarVálganme todos los santos...!!!
Y como dijo el santo aquél: hasta no ver no creer...